El
Tribunal Supremo corrige y anula el criterio de la Audiencia Nacional y sienta
este nuevo criterio más ventajoso y beneficioso para l@s trabajador@s.
Si
el día en que se produce el hecho que justifica el permiso no es laborable es
claro que no se inicia el permiso por matrimonio, nacimiento de hijo o
fallecimiento de familiar hasta el primer día laborable que le siga.
Aunque la sentencia ha sido dictada en relación al sector de
“ContactCenter”, el criterio que sienta puede resultar aplicable a todos
los sectores y convenios, por tener su origen en la interpretación de
lo dispuesto en el artículo 37.3 E.T.en relación a los permisos
retribuidos, y es realizada por el Tribunal Supremo, sin tener presentes
las circunstancias particulares del sector referido.
Si no me conceden el inicio del disfrute de la licencia en el primer día Laborable, la doctrina es susceptible de ser considerada y extendida en la interpretación de los convenios vigentes por lo que cabe
interponer demanda judicial individual en aquellos supuestos en que no
se concedieran los permisos retribuidos en la interpretación ofrecida
por el Tribunal Supremo (el díes a quopara el cómputo es el primer día laborable).
No hay comentarios:
Publicar un comentario