viernes, 5 de junio de 2020

UGT GEA SOLICITA QUE SE ABASTEZCAN LOS BOTIQUINES DE PRIMEROS AUXILIOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO

La Sección Sindical UGT GEA Madrid, ha reclamado por escrito a la Empresa que, abastezca los botiquines de primeros auxilios de los que disponen en los centros de trabajo en la Comunidad de Madrid.

UGT, realiza esta reclamación debido a que, tras el control del estado de este recurso de primeros auxilios, han verificado que carecen del material necesario y obligatorio para en un momento dado ser usado para tratar lesiones leves.

El botiquín debe contener el material mínimo establecido por el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, no puede haber ningún tipo de medicamento, ha de estar ordenado y se deben revisar periódicamente para reponer el material utilizado o verificar las caducidades.

Deben de estar provistos por:
  •  Vendas de distintos tamaños para poder proteger las heridas.
  •  Algodón hidrófilo. 
  •  Desinfectantes y antisépticos autorizados como pueden ser agua oxigenada, alcohol, suero fisiológico, soluciones yodadas o jabón desinfectante, para la desinfección de pequeñas heridas. 
  • Apósitos estériles adhesivos en bolsas individuales, para tapar las heridas, ejemplo tiritas.
  • Esparadrapo hipo alergénico. 
  • Gasas estériles de distintos tamaños en bolsas individuales cerradas y esterilizadas, que ayuden a limpiar y cubrir las heridas o detener pequeñas hemorragias.
  •  Instrumental básico: Tijeras con punta roma y pinzas.
  • Guantes desechables.

El botiquín es un instrumento de primera necesidad y gracias a él, evitaremos consecuencias que pudieran ser graves por falta del cuidado primario y oportuno, y la Empresa tiene la obligación, según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, de disponer, en cada lugar de trabajo, de unos determinados medios destinados a prestar los primeros auxilios en la empresa a los trabajadores/as que lo necesiten. Esto incluye la información y formación de aquellos trabajadores que puedan administrar los primeros auxilios, la necesidad de disponer de un botiquín y la notificación de a qué centro médico hay que acudir para recibir la asistencia médica preceptiva.

Por todo ello, exigimos a la Dirección que solvente esta incidencia en un plazo máximo de 10 días, o de lo contrario acudiremos a la Inspección de Trabajo.

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