El sistema de prestaciones por desempleo protege a aquellos
trabajadores que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo. Si su cese
en la empresa es voluntario no estará en situación legal de desempleo y, en
consecuencia, no cumplirá uno de los requisitos para acceder a la protección
por desempleo.
Si trabaja en una nueva empresa, y le cesan por no superar el
periodo de prueba a instancia del empresario y no han transcurrido más de tres
meses entre el cese voluntario en la empresa anterior y el cese por no superar
el período de prueba, tampoco tendrá derecho a una prestación por desempleo. Si
esta relación laboral finaliza por no superar el periodo de prueba a instancia
del empresario, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja
voluntaria, sí tendrá derecho a una prestación por desempleo.
No obstante, se suele realizar un análisis concreto de cada caso
para determinar si hay indicios que permitan establecer de manera fundada la
presunción de fraude de ley en la última contratación, por si se pretende
acceder a la prestación por desempleo de forma indebida.