lunes, 25 de abril de 2022

UGT GEA GANA EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN A GEA POR MODIFICACIÓN SUSTANCIAL


UGT
GEA Madrid
, le gana el pulso en los tribunales a GEA en la sentencia por modificación sustancial.

El Tribunal de mayor instancia, el Tribunal Supremo, ha dictaminado sentencia a favor de UGT GEA, por el recurso de casación interpuesto por Grupo El Árbol, contra la sentencia del TSJ, del 6 de julio del 2020 en la que la UGT, denunciamos a la empresa por modificar a las personas trabajadoras las condiciones de trabajo sobre los domingos trabajados.

En concreto, en enero del 2020, la dirección de GEA, de manera unilateral, decidió, dejar de pagar a las personas contratadas de Gea los domingos, obligando a coger días de descanso a  libre albedrío del empresario. Y al personal que venía subrogado con la condición de cobrar y librar, por domingo trabajado, sólo recibirían la mitad del incremento retributivo.

Este suceso, fue demandado por conflicto colectivo por UGT en el TSJ, ganando el juicio, a lo que GEA recurrió la sentencia, siendo el Supremo, el que ahora sienta sentencia firme, dictaminando en Fallo lo siguiente:

Esta sala ha decidido desestimar el recurso de casación interpuesto por GRUPO El Árbol Distribución y Supermercados S.Acontra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 6 de julio de 2020, recaída en su procedimiento de conflicto colectivo núm. 309/2020, promovido a instancia de la Federación Estatal de Servicios para la Movilidad y el Consumo de la Unión General de Trabajadores (FESMC-UGT) contra Grupo El Árbol Distribución y Supermercados SA y figurando como partes interesadas Comisiones Obreras (CC.OO.) y Federación de Trabajadores Independientes de Comercio (FETICO).

Confirmar y declarar la firmeza de la sentencia recurrida.

Es por ello que, «-Se declare la nulidad de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo manifestada en el cuerpo de la presente demanda.

-Subsidiariamente, se declare injustificada la modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo manifestada en el cuerpo de la presente demanda.

-Se declare reponer a los trabajadores en las condiciones laborales anteriores a la aplicación de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo (jornada de trabajo, horarios, distribución del tiempo de trabajo, su régimen de trabajo a turnos y su salario) manifestada en el cuerpo de la presente demanda, con abono de las cantidades dejadas de percibir por dicha modificación y los efectos a ello inherentes».

Para ver la sentencia pulsa

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