DECLARACION DE LA RENTA (IRPF 2020) UGT Madrid
Informamos que a partir del día 12 de abril y hasta el 29 de junio de 2021 iniciamos la campaña para la realización gratuita de la DECLARACIÓN DE LA RENTA 2020, servicio prestado solo y únicamente para AFILIADOS Y AFILIADAS.
Para adaptar el servicio de Renta a las necesidades de demanda de los afiliados/as y evitar que se queden sin atender compañeros/as que realmente lo necesitan, sólo se realizará la declaración del afiliado/a y cónyuge en su caso; siempre que dichas declaraciones no contengan actividades económicas con asalariados, ni incluyan venta de inmuebles que no sean la vivienda habitual.
Al igual que el último año, y al ser la atención telefónica y telemática el usuario podrá guardar e imprimir el PDF generado, facilitar una dirección de correo electrónico o el envío por correo ordinario a su domicilio.
Con el fin de agilizar el servicio hemos habilitado el mes de ABRIL (del 12 de abril al 30 de abril) para realizar las declaraciones de la renta sólo de rendimientos del trabajo, a partir del 4 de mayo se realizarán también el resto.
Los trámites para el acceso al servicio y la realización de la Declaración de la Renta 2020, serán:
SOLICITUD DE CITA PREVIA: A partir del 12 de abril, llamando a los teléfonos: 630.02.66.51 al 669.72.18.70
Lunes a viernes: 10:00h a 14:00h
REALIZACIÓN DE LA DECLARACIÓN: Como el año anterior, por motivo de la pandemia, el servicio será únicamente telefónico, llamándoles los técnicos encargados de realizarlas el día y la hora que haya sido concertado a través de la cita previa.
Documentación necesaria para este servicio:
* DOCUMENTACIÓN SIN LA CUAL NO SE PODRÁ CONFECCIONAR LA DECLARACIÓN.
- Imprescindible tener a mano la Renta o Borrador presentada/o el año pasado, DNI y no de cuenta corriente actualizada.
- DNI del declarante, cónyuge y descendientes de más de 14 años en el año 2020.
- Nº de cuenta en la cual quiere domiciliar el pago o la devolución con el IBAN actual de la cuenta.
- En caso de tener una vivienda alquilada: Fecha del contrato de alquiler, importe que recibe en concepto de alquiler, gastos generados (seguro, IBI, comunidad, reparaciones, etc...) y NIF del/los inquilino/s. Además deberá facilitar la fecha de compra o herencia del inmueble. El valor en escritura de dicha compra o herencia y los gastos que soportó (notaría, registro, impuestos AJD- TP o IVA, etc.). En caso de haber realizado reparaciones en la vivienda en 2020 deberán facilitar los siguientes datos de la factura correspondiente, el CIF o DNI de quien realizó la reparación y el importe de la misma. En el caso de tener alquilada la vivienda a través de una agencia, deberá aportar el CIF de la empresa y el importe del gasto correspondiente.
- En caso de vivir en una vivienda alquilada: contrato de alquiler, NIF del arrendador, importe que paga de alquiler, referencia catastral del inmueble y justificación de haber liquidado el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
- Venta de Vivienda u otros inmuebles: Todas las escrituras (herencia o compra y venta) y gastos relacionados con cada una de ellas (notario, registro, gestoría e impuestos), hipotecas y recibo del IBI, plusvalía pagada por la venta.
- Acciones: Fecha de compra y de venta. Valor de compra y de venta.
- Importe recibido del plan PIVE o cualquier otro tipo de subvención pública.
NOTA: Los compañer@s que se hayan visto afectados por ERTE ́s están obligados a la presentación de la Declaración, al tener como segundo pagador al SEPE.