La Sección Sindical UGT GEA ha reclamado a la dirección que, retribuya salarialmente a las personas trabajadoras de sala, caja, fruta y pan, la parte proporcional del salario bruto mínimo anual de las secciones de frescos en base a, los periodos que dichos trabajadores suplen a los titulares de las secciones para cubrir vacaciones, bajas por IT, despidos, y demás incidencias que se suceden en las tiendas.
La empresa tiene estipulado un salario mínimo bruto anual establecido, como mejora en las secciones de frescos en La Plaza de DIA, y para el resto de personal el salario mínimo bruto anual es inferior.
Las
personas pertenecientes a la sala, caja,
fruta o pan, asisten las diversas secciones cuando la Empresa se ve en la
necesidad, para cubrir vacaciones, bajas por IT, despidos, etc, con una
amplitud de funciones, pero en ningún momento se les retribuye el salario
mínimo anual, en igual medida que al personal de sección. Cabe destacar que, de hecho, dichas personas, sí cobran la parte proporcional del
incentivo de secciones, ya que están en su derecho.
Desde
UGT,
vemos claramente el conflicto de
intereses que está generando la empresa sobre el personal de sala, caja, fruta y
pan, a nivel cuantitativo, ya que está
encomendando tareas y funciones por periodos, días, por las que tiene
estipulado un salario bruto anual más alto, y sin embargo no compensa
económicamente la parte proporcional de
esos días en proporción al salario bruto anual mínimo de la sección, que en
dicho momento, haya cubierto la persona trabajadora, y por la que se está ahorrando realizar contrataciones para
solventar la baja sufrida en la sección.
Además
que, de igual modo que tienen derecho a
recibir la parte proporcional del incentivo de secciones por los días
trabajados, la misma condición se da para que se les otorgue la parte
proporcional del salario de secciones por los días trabajados en la sección de
frescos.
Por todo
ello desde UGT instamos a la Empresa
que, con especial atención al principio de igualdad, así como a la
prohibición de discriminación, otorgue la parte proporcional del salario mínimo
bruto anual de las sección de frescos, a las personas de sala, caja, fruta,
pan, de Supermercados La Plaza de DIA, cuando estos trabajen días en dichas
secciones, del mismo modo que se abona la parte proporcional del incentivo de
secciones, ya que el trabajo de ellos y ellas, tiene el mismo valor que el
resto de compañeros de la sección.
MISMO
TRABAJO = MISMAS CONDICIONES = MISMO SALARIO
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